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Consejería de Educación. Junta de Extremadura

Equipo Directivo

 

 Director
Jesús David Caballero Villar
 Secretario
Juan Francisco Izquierdo del Pozo

 

    Los órganos unipersonales de gobierno constituyen el Equipo Directivo del Centro, formado por el /la Director/a y el /la Secretario/a.

 

 
Director

 

 

    El Director será elegido por el Consejo Escolar y nombrado por el Director Provincial del Ministerio de Educación y Ciencia. Son competencias del Director:

a) Ostentar la representación del centro y representar oficialmente a la Administración educativa en el centro, sin perjuicio de las atribuciones de las demás autoridades educativas.
b) Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones vigentes.
c) Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, de acuerdo con las disposiciones vigentes, sin perjuicio de las competencias del Consejo Escolar del centro.
d) Ejecutar la jefatura de todo el personal adscrito al centro.
e) Gestionar los medios humanos y materiales del centro.
f) Convocar y presidir los actos académicos y las reuniones de todos los órganos colegiados del centro.
g) Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro y ordenar los pagos. h) Visar las certificaciones y documentos oficiales del centro.
i) Proponer el nombramiento de los cargos directivos y designar a los Coordinadores de ciclo y a los tutores.
j) Ejecutar los acuerdos de los órganos colegiados en el ámbito de su competencia.
k) Coordinar la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar y procurar los medios precisos para la más eficaz ejecución de las respectivas competencias.
l) Elaborar con el equipo directivo la propuesta de Proyecto educativo del centro y de la Programación General anual, de acuerdo con las directrices y criterios establecidos por el Consejo Escolar y con las propuestas formuladas por el Claustro de Profesores y, asimismo, velar por su correcta aplicación.
ll) Convocar y presidir el Consejo Escolar, el Claustro y la Comisión de coordinación pedagógica del centro.
m) Promover e impulsar las relaciones del centro con las instituciones de su entorno. n) Elevar al Director Provincial la Memoria anual sobre las actividades y situación general del centro.
ñ) Facilitar la adecuada coordinación con otros servicios educativos de la zona.
o) Proporcionar la información que sea requerida por las autoridades educativas competentes.
p) Facilitar la información sobre la vida del centro a los distintos sectores de la comunidad escolar.
q) Garantizar el derecho de reunión de maestros, alumnos, padres de alumnos y personal de administración y de servicios, de acuerdo con los dispuesto en la Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación.

    En caso de ausencia o enfermedad del Director, se hará cargo de sus funciones el Secretario, si lo hubiere. En caso contrario, lo sustituirá el maestro más antiguo en el centro y, si hubiese varios de igual antigüedad, el de mayor antigüedad en el Cuerpo.

 
Jefe de Estudios
 
 

Son competencias del Jefe de Estudios:

a) Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente en todo lo relativo al régimen académico.
b) Sustituir al Director en caso de ausencia o enfermedad.
c) Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y complementarias de maestros y alumnos en relación con el Proyecto educativo del centro, los Proyectos Curriculares de etapa y la Programación General anual y, además, velar por su ejecución.
d) Elaborar, en coordinación con los restantes órganos unipersonales, los horarios académicos de alumnos y maestros de acuerdo con los criterios aprobados por el Claustro y con el horario general incluido en la Programación General anual, así como velar por su estricto cumplimiento.
e) Coordinar las tareas de los equipos de ciclo.
f) Coordinar y dirigir la acción de los tutores y, en su caso, del maestro orientador del centro, conforme al plan de acción tutorial.
g) Coordinar, con la colaboración del representante del Claustro en el centro de profesores, las actividades de perfeccionamiento del profesorado, así como planificar y organizar las actividades de formación de profesores realizadas por el centro.
h) Organizar los actos académicos.
i) Coordinar la realización de actividades complementarias, según las directrices aprobadas por el Consejo Escolar del centro.
j) Coordinar e impulsar la participación de los alumnos en el centro.
k) Organizar la atención y cuidado de los alumnos en los períodos de recreo y en otras actividades no lectivas.
l) Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el Director dentro del ámbito de su competencia.

Al no haber en el centro Jefe de Estudios, el Director asume sus competencias.

 

 
Secretario

 

 

Son competencias del Secretario:

a) Ordenar el régimen administrativo del centro, de conformidad con las directrices del Director.
b) Actuar como secretario de los órganos colegiados de gobierno del centro, levantar acta de las sesiones de y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del Director.
c) Custodiar los libros y archivos del Centro.
d) Expedir las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados.
e) Realizar el inventario general del centro y mantenerlo actualizado.
f) Custodiar y disponer la utilización de los medios audiovisuales y del material didáctico.
g) Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y de servicios adscritos al centro.
h) Elaborar el anteproyecto de presupuesto del centro.
i) Ordenar el régimen económico del centro, de conformidad con las instrucciones del Director, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes.
j) Velar por el mantenimiento material del centro en todos sus aspectos, de acuerdo con las indicaciones del Director.
k) Cualquier otra función que le encomiende el Director dentro de su ámbito de competencias.

 

Organización

 
ÓRGANOS DE
GOBIERNO
 

    Establecidos y formados según las directrices del Real Decreto 82/1.996, de 26 de enero,
por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de
los Colegios de Educación Primaria ( B. O. E. de 20 de febrero), funcionan en este Centro
los siguientes órganos:

  • Colegiados: Consejo
    Escolar y Claustro de Profesores
  • Unipersonales:
    Director/a, Jefe/a de Estudios y Secretario/a
  • Coordinación docente:
    Equipos de Ciclo, tutores y Coordinadores de Ciclo y Programas Educativos

Horarios

  

    El horario general del Centro abarca desde las 9,00 a las 18,00 horas y la hora de obligada permanencia del Profesorado en el Centro que es de 14,00 a 15,00 horas. 

HORARIO GENERAL DEL CENTRO

HORARIO DE MAÑANA

HORARIO DE TARDE

ENTRADA

RECREO

SALIDA

ENTRADA

SALIDA

9.00
12 a 12,30
14,00
16,00
18,00

SEXTA HORA DEL PROFESORADO 14,00-15,00 y una tarde de 16,00 a 18,00

 
    La jornada lectiva en este Centro se desarrollará en sesión de mañaña de 9,00 a 14,00 horas. La jornada no lectibva comienza a las 16,0 y termina a las 18,00 horas. En esta jornada los alumnos y alumnas, que libremente lo soliciten pueden realizar Actividades Formativas Complementarias.
 
   En la sesión de mañana, habrá un recreo entre las 12,00 horas y las 12,30 horas, para el alumnado de Educación Primaria y para Educación Infantil será de 12,30 horas a 13 horas. 

Los profesores/as que no completan las 25 horas lectivas semanales, incluidas las dedicadas a vigilancia del alumnado en el recreo, se dedicarán:
– Apoyar a los cargos directivos.
– Apoyar a los alumnos/as con dificultades de aprendizaje.
– A Coordinar los ciclos y los distintos programas que funcionan en el Centro: Atenea, Mercurio, Biblioteca.
– Representar al Centro ante el C.P.R. de Caminomorisco.
 
GUARDIAS DE RECREO 
 

La guardia de Colegio será efectuada por dos profesores cada día, ( Orden de 29 de febrero de 1.996 Art. 79) estableciéndose para ello un turno rotativo de todos los componentes del Claustro de Profesores:

Serán funciones de los profesores de guardia:

  • La vigilancia efectiva y responsable del recreo atendiendo cualquier problema que pueda surgir entre el alumnado. 

 

  TRANSPORTE ESCOLAR  

Para facilitar el acceso al Centro del alumnado desde Puerto Hurraco, el Colegio dispone de un servicio de taxi que diariamente realiza el recorrido.

Historia

  

    La historia de nuestro Centro se podría resumir así: el edificio actual de Esparragosa de la Serena (denominado «C.P. MARÍA MARTÍNEZ» hasta 1995 que se convierte en CRA), data de principios de la década de los años 60 del pasado siglo, contando entonces con un aula de Educación Infantil y cuatro de Educación Primaria. A principios de los años 70 el incremento de matrícula obligó a construir un aula más de Educación Infantil y dividir en dos una de Primaria, quedando éstas con un espacio muy reducido pero que, momentaneamente, solucionada los problemas de matriculación de la fecha. Los servicios de la planta superior se transformaron entonces, uno en biblioteca y otro en despacho para el Equipo Directivo del Centro. Posteriormente, una de las aulas de Educación Infantil también sufrió remodelación al tener que levantar un tabique y hacer dos aulas independientes, debido principalmente a la escolarización de niños y niñas de tres años.

    En el año 2008 se derriba el edificio casi en su totalidad para construir uno nuevo que pueda satisfacer las necesidades de la población escolar de la localidad. El  edificio se dota con nuevas dependencias hasta entoces inexistentes tales como Biblioteca, Aula de Informática, Almacenes, Baños de Minusválidos, etc así como con nuevo mobiliario didáctico y escolar.

     Como dato significativo cabe señalar que el edificio de Esparragosa de la Serena, antes de ser denominado «CRA», tenía como denominación C.P. María Martínez. Cuando en el año 1995 se decide hacer una agrupación con otras localidades cercanas, pasa a denominarse CRA ESPARRAGOSA DE LA SERENA, englobando a esta localidad y a las de Malpaltida de la Serena y Puerto Hurraco. Esta agrupación continuó hasta junio de 1999, fecha en la que la localidad de Malpartida de la Serena deja de pertenecer al CRA, integrando éste desde entonces las ya mencionadas de Esparragosa de la Serena y Puerto Hurraco. 

 

Documentos

 PEC (Proyecto Educativo de Centro):

Es el Documento por excelencia del Centro. Es una propuesta integral que permite llevar a cabo, de forma coherente y eficaz, los procesos educativos del mismo.

Recoge nuestras señas de identidad, la línea educativa que perseguimos, el modelo de organización del Centro y las normas de convivencia.

ROF (Reglamento de Organización y Funcionamiento):

Es el Documento que regula las normas de convivencia del Colegio. Forma parte del Proyecto Educativo de Centro y sus objetivos son: Concretar los derechos y deberes de la Comunidad educativa, establecer normas de convivencia y correcciones al incumplimiento de las mismas, y facilitar la información necesaria que permita un buen funcionamiento interno del Centro.

Proyectos Curriculares:

Recogen las características de cada etapa educativa, los objetivos, los criterios de promoción y titulación, así como la organización académica de la misma.

Todos los documentos se encuentran debidamente actualizdos conforme marca en cada momento la Normativa Vigente.